Senado aprueba proyecto de ley que modifica eliminación del matrimonio infantil
Con esta propuesta el artículo 144 se modifica de la siguiente forma: “El hombre o la mujer no podrán contraer matrimonio en ninguna circunstancia antes de haber cumplido los 18 años de edad”.
El artículo 144 del Código Civil actual establece que “la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años para los hombres y 15 años para las mujeres”.
Mientras que el artículo 145 del actual Código Civil establece que “sin embargo, el Gobierno puede, por motivos graves, conceder dispensas de edad”.
En noviembre del año en curso, la Cámara de Diputados también aprobó el proyecto de ley, en dos sesiones consecutivas.
La pieza fue sometida a la Cámara Baja por el diputado José Horacio Rodríguez, con el objetivo de que se proteja a los menores de edad de los riesgos y las consecuencias que el matrimonio a temprana edad puede ocasionar.
En una sesión de más de siete horas, los diputados conocieron otras iniciativas y dejaron para el punto final conocer la iniciativa que elimina los artículos que contienen dispensas que permiten esas uniones.
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