Acuerdo de lenidad de Brasil y otras pruebas no fueron admitidas en juicio Odebrecht
A unanimidad, las juezas Giselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo, decidieron dejar fuera del proceso la comunicación remitida a Jean Alain Rodríguez que continente el Acuerdo de Admisión de Culpabilidad ASA-DOJ, y el Acuerdo de Lenidad de Brasil.
Estos documentos que constituyen las pruebas 1; 1.1; y 1.2 del Ministerio Público, no entraron al proceso conocido en el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, porque no estaban debidamente traducidas del idioma portugués al español, como establece la norma.
Sin embargo, el tribunal expresó que serán incorporadas al debate las pruebas 1.3; 1.4; 1.5 y 1.6. Es decir, serán valorados las delaciones de Marcos Vasconcelos Cruz y otras colaboraciones.
Esta decisión de las juezas se dio a raíz de una objeción que hizo la defensa de Andrés Bautista, a través del abogado Carlos Salcedo, quien pidió la no incorporación de estas pruebas documentales del Ministerio Público. A esa objeción se sumaron las defensas de Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Tommy Galán, Conrado Pittaluga, y Juan Roberto Rodríguez.
El abogado Miguel Valerio, defensa de Díaz Rúa, y el abogado José Miguel Minier, defensa de Ángel Rondón, consideraron que lo ocurrido hoy es una muestra de que el Ministerio Público no tiene pruebas en este caso. Aconsejaron a la Procuraduría retirar la acusación para “evitar un espectáculo de mal gusto a la sociedad”.
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