Aplicarán restricciones para los no vacunados
La resolución número 00048 fue dada a conocer la tarde de ayer por las autoridades sanitarias donde se establecen una serie de medidas para continuar combatiendo el Covid-19, entre las que encuentran unas aplicables a espacios de uso público, que entran en vigor a partir del próximo lunes y otras individualizadas, a aplicarse a partir del lunes 18.
Entre las primeras se encuentran el uso obligatorio de mascarillas, el lavado frecuente de manos, el respeto al distanciamiento físico y los demás protocolos sanitarios vigentes y que los establecimientos de uso público podrán recibir personas hasta un 75% de su capacidad, cumpliendo los protocolos.
Además, establece que para la celebración de actividades que impliquen aglomeración se deberá contar con la autorización del Ministerio de Salud Pública y se confirma la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión de lunes a viernes a partir de las 12:00 de la noche y sábados y domingo a partir de las 2:00 de la madrugada.
Esas disposiciones entrarán en vigencia a partir de las 5:00 de la mañana del próximo lunes 11 de este mes, cuando culmina el Estado de Emergencia y las restricciones de movilidad mediante toque de queda, que estuvieron vigentes en el país desde hace un año y siete meses.
Carnet de vacunación a partir del 18
Entre las medidas individualizadas que entrarán en vigor a partir del lunes 18 de este mes, se encuentran, que los mayores de 12 años deberán presentar un documento de identidad y su tarjeta de vacunación con por lo menos dos dosis de vacunas contra el Covid-19, ambos originales o en copias legibles física o digital a la autoridad pública o privada para asistir de manera presencial a diferentes lugares.
Entre esos lugares se encuentran los centros de trabajo con espacios cerrados y de uso colectivo; a los centros de estudios de todos los niveles, sean públicos o privados; para utilizar cualquiera de los medios de transporte de uso público, sea urbano o interurbano y para ingresar a restaurantes, bares, colmadones, discotecas, clubes, centros comerciales, tiendas, casinos, gimnasios, centros deportivos y cualquier otro centro de diversión.
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