TSA obliga a impartir nuevas materias en escuelas de la RD
La incorporación debe ser hecha con carácter inmediato, en cumplimiento a los artículos 63.13 de la Constitución, 271.1 de la Ley 63-17 así como el 57 de la Ley 64-00.
En este sentido, dicho tribunal acogió una “acción de amparo de cumplimiento” interpuesta por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), según informó esta última entidad en un documento de prensa remitido a ALMOMENTO.NET.
SENTENCIA TRASCENDENTAL
El presidente del CARD, Trajano Potentini, calificó la sentencia (número 0030-1643-2024-SSEN-00573) de transcendental para la institucionalidad democrática de la República Dominicana.
Indicó que la misma torna compulsivo la obediencia del mandato constitucional, que dispone enseñanza de la Constitución en las escuelas, lo cual era uno de los mandatos sin cumplir de la Carta Magna aprobada el 26 de enero de 2010. Esta anormalidad se registraba a pesar de los persistentes reclamos del Tribunal Constitucional y entidades de la sociedad civil para que fuera acatada esta disposición.
Potentini recordó que el mandato del artículo 63, numeral 13, de la Constitución, referente al Derecho a la Educación, textualmente dice: “Con la finalidad de formar ciudadanas y ciudadanos conscientes de sus derechos y deberes, en todas las instituciones de educación pública y privada, serán obligatorias la instrucción en la formación social y cívica, la enseñanza de la Constitución, de los derechos y garantías fundamentales, de los valores patrios y de los principios de convivencia pacífica”.
Agrega que en esa misma dirección se encuentran las disposiciones relativas al Tránsito Terrestre y al Medio Ambiente.
RD: UNO DE LOS PAISES CON MAYORES TASAS DE ACCIDENTES
Resalta que por una ausencia de educación, en materia vial República Dominicana es uno de los países con mayores tasas de accidenteS de tránsito y de depredación en nuestros bosques.
“Esperamos que el Ministerio de Educación (Minerd), pese a contar por mandato expreso de la sentencia, con un año como fecha límite, para disponer todo lo necesario para concretar las referidas obligaciones, inicie sin dilación alguna los preparativos tendentes a cumplir la sentencia”, dijo.
La sentencia también pone a cargo del Colegio de Abogados, el diligenciar y gestionar ante el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) y la Procuraduría General de la República lo referente a la educación vial así como dar seguimiento en otras instituciones al fiel cumplimiento de la sentencia.
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